Presentación de Quejas
Cualquier persona que crea que un miembro de la IAAPA ha violado el Código de Conducta de la IAAPA puede presentar una queja por escrito ("Queja") a la IAAPA. Las quejas deben ser presentadas a la oficina central de la IAAPA, utilizando el Formulario de Queja del Código de Conducta. Una Queja debe ser razonable y objetiva y debe estar fundamentada con hechos específicos y documentación que demuestre la posible violación de una o más características específicas del Código de Conducta. La persona que presenta la denuncia es el "Denunciante" y la persona contra la que se alega la Denuncia es el "Denunciado"
Cualquier Queja apropiada, presentada de acuerdo con las instrucciones, será enviada al Comité de Gobernanza de IAAPA para su revisión.
Revisión de la Queja
El Comité de Gobernanza determinará si la Queja tiene mérito a primera vista. Si el comité determina que la Queja no contiene suficiente información para que el comité resuelva si la Queja tiene mérito en su cara, entonces el comité puede solicitar que el Demandante proporcione información adicional y/o el comité puede complementar la Queja con información que desarrolle a través de su propia investigación. Si el comité considera que una queja es inadecuada en cualquier aspecto, incluyendo pero no limitado a información inadecuada o una supuesta violación trivial o sin consecuencias del Código de Conducta, entonces el comité puede desestimar la queja con notificación por escrito al demandante. Al evaluar una Queja, el comité puede utilizar los recursos del personal ejecutivo de IAAPA.
El comité no considerará ninguna Queja que sea considerada como un intento de una compañía o individuo de ganar ventaja competitiva. Adicionalmente, IAAPA no permite represalias de ningún tipo contra individuos por Quejas de buena fe de violaciones potenciales del Código. Cualquier miembro que tome represalias contra otro miembro por reportar violaciones conocidas o sospechadas del Código puede ser considerado como violador del Código en virtud de la represalia.
Antes de iniciar una revisión, se notificará al denunciado la denuncia y se le dará la oportunidad de responder por escrito en un plazo de 30 días a partir de la recepción de la notificación. El comité también podrá, a su discreción, invitar al demandado a dirigirse al comité en relación con la queja, incluso mediante conferencia telefónica. Dicha conferencia será breve y de carácter no jurídico, sin abogados que se dirijan al Comité en nombre del demandado, sin informes jurídicos y sin testigos. Si un Demandado no responde a la notificación en el tiempo asignado o se niega a aceptar la entrega de notificaciones de la IAAPA a pesar de los esfuerzos razonables de la IAAPA, las alegaciones contra el Demandado en la Demanda pueden ser consideradas como hechos. Copias de todos los escritos del Demandante o del Demandado serán entregadas a todas las partes.
La carga de probar los alegatos en una Queja recae en el Demandante, quien debe proporcionar evidencia clara y convincente de que un miembro de IAAPA ha violado el Código de Conducta. Aunque el Comité de Gobernanza puede buscar información adicional, no es el deber del Comité de Gobernanza o de cualquier otro representante de la IAAPA encontrar evidencia fuera del caso presentado por el Denunciante.
El Comité de Gobernanza se reunirá en sesión ejecutiva para decidir sobre la Denuncia. El Comité de Gobernanza decidirá, basándose únicamente en las pruebas presentadas, si el Demandado ha cometido una violación del Código de Conducta. El Comité de Gobernanza preparará una decisión concisa por escrito en la que expondrá sus conclusiones y el fundamento de sus determinaciones. Si se constata una infracción, la decisión también impondrá sanciones.
Si el Comité de Gobernanza recomienda que el Demandado sea expulsado de la membresía de la IAAPA, el Comité de Gobernanza debe presentar la Denuncia, la evidencia y el razonamiento del Comité de Gobernanza para la expulsión a la Junta Directiva, y la Junta Directiva tomará la determinación. La expulsión de la membresía de la IAAPA se describe en el estatuto 3.02 Remoción del Miembro. Todas las demás acciones quedan a discreción del Comité de Gobernanza.
La decisión final del Comité de Gobernanza (o en el caso de expulsión de la membresía, la Junta Directiva), incluyendo cualquier sanción especificada, será enviada al Demandado y al Demandante dentro de los 10 días de su emisión.
Sanciones
El rango de sanciones potenciales por violar el Código de Conducta de la IAAPA es el siguiente:
- Carta de Reprimenda con copia para ser colocada en el expediente del miembro.
- Suspensión o expulsión del patrocinio con la IAAPA.
- Suspensión o expulsión de hacer publicidad con IAAPA.
- Suspensión o expulsión de asistir a exposiciones, conferencias y/o ferias de IAAPA.
- Suspensión o expulsión de exhibir en exposiciones, conferencias y/o ferias de IAAPA.
- Suspensión de la membresía de la IAAPA.
- Expulsión de la membresía de IAAPA por un tiempo (hasta permanentemente) determinado por la Junta Directiva de IAAPA.
Sólo las sanciones descritas arriba pueden ser impuestas a un miembro de la IAAPA por violar el Código de Conducta, y no se pueden agregar sanciones adicionales. La decisión final por escrito del Comité de Gobernanza o de la Junta Directiva deberá articular claramente las sanciones impuestas por cualquier violación encontrada, incluyendo el período para cualquier suspensión o expulsión especificada.
Recursos
El Demandado tendrá el derecho de apelar una decisión emitida por el Comité de Gobernanza o, en el caso de una expulsión de membresía, por la Junta Directiva. La apelación debe ser presentada a la oficina central de IAAPA, dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la notificación de la decisión. La apelación debe ser presentada en el formulario de apelación aplicable, proporcionado por la IAAPA, y debe incluir una declaración explicando por qué la apelación debe ser considerada.
Las apelaciones serán revisadas por la Junta Directiva, excepto que, en el caso de una apelación de una decisión de expulsión de miembros tomada por la Junta Directiva, la Junta convocará un Panel de Revisión ad hoc, desinteresado, compuesto por tres antiguos miembros de la Junta Directiva para considerar la apelación.
Ni el denunciante ni el denunciado podrán estar presentes en la sesión de revisión del recurso, y ninguno de los dos podrá presentar información adicional en apoyo o en contra de la denuncia, aparte de la que se presentó para la revisión inicial.
Al revisar una apelación, el Consejo de Administración o el Comité de Apelaciones, según corresponda, tomará una decisión para (i) confirmar la decisión original; (ii) modificar la decisión original, incluyendo la imposición de sanciones alternativas; o (iii) anular la decisión original y devolver la queja para una nueva revisión. La Junta Directiva o el Comité de Apelación emitirán una decisión concisa y por escrito, que se enviará a todas las partes y que no podrá ser recurrida.
Deliberaciones
Un abogado que represente a la IAAPA puede estar presente y ofrecer consejo en cualquier deliberación contemplada bajo estos procedimientos.
El voto mayoritario se aplica para todas las acciones tomadas por el Comité de Gobernanza, la Junta Directiva, o un Panel de Apelaciones.
Ningún individuo que sea miembro del Comité de Gobierno, de la Junta Directiva, o de un Panel de Apelaciones participará en deliberaciones o decisiones que involucren el Código de Conducta cuando el individuo tenga una relación familiar, de negocios, o personal/social significativa pasada o actual con el Demandante o el Demandado basada en la información revelada por cualquiera de ellos.
Decisiones finales
Todas las decisiones finales con respecto a violaciones del Código de Conducta serán retenidas en el archivo del miembro aplicable con IAAPA por un período de cinco años y pueden ser revisadas y consideradas en relación a cualquier Queja subsiguiente presentada contra dicho miembro durante ese período de tiempo.
Renuncia del Miembro
Si un miembro de la IAAPA renuncia a su membresía antes de que se emita una decisión sobre una Queja contra el miembro, el proceso de revisión de la Queja será suspendido. Si el miembro de la IAAPA intenta reincorporarse a la IAAPA en cualquier momento posterior, el Comité de Gobernanza de la IAAPA puede optar por reabrir y procesar la Queja.
NOTA: La IAAPA no está en posición de monitorear disputas entre miembros y no presume representar a ninguna de las partes. Lo anterior no es un procedimiento legal. Sin embargo, cualquier documento proporcionado a la IAAPA puede ser citado por un tribunal de justicia.