Políticas y directrices de propiedad intelectual (PI) de IAAPA
Políticas y directrices de propiedad intelectual (PI) de IAAPA
En respuesta a las preocupaciones de nuestros miembros fabricantes y proveedores con respecto a la protección de la propiedad intelectual (IP) de los miembros, en noviembre 2011, la Junta Directiva de IAAPA aprobó por unanimidad una política que requiere que una compañía miembro o no miembro que compre espacio de exhibición, publicidad o patrocinio poseer o tener los derechos para exhibir y / o usar los productos, materiales y contenido impreso que está exhibiendo. La política solo se aplica a las actividades que se realizan bajo el paraguas de los servicios de IAAPA y no se extenderá a los conflictos de los miembros o los problemas de derechos que ocurran más allá del alcance de la competencia de IAAPA.
IAAPA'S PROGRAMA IP
Para respaldar esta Política de Propiedad Intelectual (IP), IAAPA ha iniciado y continúa refinando un programa para ayudar a los miembros con la educación, el mantenimiento y la aplicación de sus derechos de propiedad intelectual. Los siguientes tres componentes conforman el Programa de PI de IAAPA ("Programa"):
- A. MEDIADOR DE PI
IAAPA ha contratado a un abogado de propiedad intelectual, que funcionará como un "mediador" para las disputas entre miembros que ocurran dentro del marco de servicios de IAAPA. El abogado, conocido como "Mediador de IP" a los fines del Programa, se especializa en la gestión de programas como este en todo el mundo y considerará las reglas y requisitos impuestos por IAAPA, así como los derechos de propiedad intelectual de los miembros al analizar cualquier quejas hechas a través del Programa.
- B. EDUCACIÓN
IAAPA proporcionará a los miembros y participantes información y educación sobre los derechos y responsabilidades de PI a través de seminarios web y sesiones de asesoramiento, realizadas por IAAPA y el Mediador de PI.
- C. APLICACIÓN
El Mediador de IP y IAAPA estarán disponibles para considerar cualquier reclamo de violación de la Política de IP que ocurra dentro del alcance de IAAPA, ya sea que se presente en una de las Expos de IAAPA, en su publicidad o en cualquier oportunidad de patrocinio respaldada por IAAPA. A continuación se resumen los tipos de quejas que la IAAPA considerará como parte del Programa:
(1) Quejas de Expo
El mediador de IP estará disponible para consultar por teléfono o en el piso de la Expo para investigar reclamos de que la Política de IP ha sido violada, como casos de supuesta infracción de IP, y / o determinar si una violación de alguna de las reglas y políticas de IAAPA o se han producido pautas como resultado del contenido o material exhibido en una Expo. Si se cree que una empresa
si ha violado la Política de PI o una de las reglas de IAAPA relacionadas con la exhibición de contenido o materiales, el infractor puede tener que quitar el material ofensivo o mostrarlo de inmediato. También se pueden emitir otras sanciones cuando sea apropiado.
(2) Quejas publicitarias
El mediador de IP está disponible para conferenciar por teléfono o en persona en una exposición de IAAPA para investigar reclamos de que se ha violado la Política de IP y / o determinar si se ha producido una violación de cualquiera de las reglas, políticas o pautas de IAAPA como resultado de la publicidad. o contenido mostrado en una publicación de IAAPA. Si se cree que una empresa ha violado la Política de propiedad intelectual o una de las reglas de IAAPA relacionadas con la publicación de cualquier contenido, el infractor puede hacer que se elimine el material ofensivo de la publicación en cuestión y de futuras publicaciones de IAAPA. También se pueden emitir otras sanciones cuando sea apropiado.
(3) Quejas de patrocinio
El Mediador de PI está disponible para conferenciar por teléfono o en persona en una Exposición de IAAPA para investigar reclamos de que la Política de PI ha sido violada y / o para determinar si se ha producido una violación de cualquiera de las reglas, políticas o directrices de IAAPA como resultado de la patrocinio de un programa de IAAPA. Si se cree que una empresa ha violado la Política de propiedad intelectual o una de las reglas de IAAPA relacionadas con el contenido que se publica durante una oportunidad de patrocinio, el infractor puede eliminar cualquier reconocimiento de patrocinio. También se pueden emitir otras sanciones cuando sea apropiado.
El Programa de PI de IAAPA se implementa a través de las reglas y el contrato que cada anunciante, expositor o patrocinador debe ejecutar para participar en el servicio de IAAPA. A continuación se incluye un resumen de la Política de PI para el Programa, que se cubre más específicamente en las reglas de IAAPA, incluidos, entre otros, los Contratos de espacios de exhibición, los Contratos de publicidad / Órdenes de inserción y los Acuerdos de patrocinio.
POLÍTICA DE PI DE LA IAAPA
La Política de PI ("Política") se aplica a las entidades corporativas o legales que tienen una relación contractual con IAAPA, ya sea como expositor, anunciante, patrocinador o miembro ("Participante (s)"). La Política no se extiende a los asistentes a ferias comerciales ni a la industria en general. La Política se aplica a través del contrato que IAAPA tiene con cada Participante, que incluye, entre otros, Contratos de espacios de exhibición, Contratos de publicidad / Órdenes de inserción y Acuerdos de patrocinio.
En un esfuerzo por garantizar que cualquier reclamo o disputa que ocurra en un evento patrocinado por IAAPA se maneje de manera no disruptiva, IAAPA ha implementado esta Política para educar a los Participantes sobre sus derechos de propiedad intelectual, así como para proporcionar a los Participantes los servicios de un intelectual. abogado de propiedad. Este abogado, llamado "Mediador de IP", funcionará como mediador para resolver los conflictos que ocurren bajo el paraguas de los servicios de IAAPA, como en sus Expos, en su publicidad o en o mediante oportunidades de patrocinio ("Eventos"). En el Evento y / o en el período de tiempo previo al Evento, IP Mediator brindará asistencia a los Participantes mediante la evaluación de las quejas relacionadas con la infracción de propiedad intelectual para determinar si se ha producido una infracción de esta Política o si se ha producido una infracción de cualquiera de las ha ocurrido reglas, políticas o pautas. El Mediador de PI trabajará en estrecha colaboración con IAAPA para emitir cualquier Sanción (como se define a continuación), si es necesario.
A cambio de los servicios prestados por IAAPA a los Participantes como parte del Programa, que se han hecho vinculantes a través de los contratos que cada Participante suscribe con IAAPA, cada Participante se compromete a no exhibir ningún artículo, producto, catálogo, fotografía o imagen, impresa o material digital, producto o dispositivo ("Contenido") que (i) viola o potencialmente viola la propiedad intelectual o los derechos de propiedad de otro participante en un Evento o (ii) que de otra manera es perjudicial para IAAPA, el Evento u otro Participante. IAAPA (en consulta con el Mediador de PI) puede determinar, a su entera y exclusiva discreción, si emitirá las Sanciones descritas en este documento.
Para disputas o quejas que surjan en un Evento, la decisión del Mediador de IP se considerará final y vinculante en relación con IAAPA o sus Eventos. La decisión no tendrá efecto vinculante en un tribunal de justicia.
Un participante puede presentar ante IP Mediator una queja contra cualquier otro participante en un evento o en el período de tiempo previo a un evento. La evaluación del Mediador de IP de dicha queja será gratuita para el Participante que presenta la queja. Los participantes deben hacer todas las reclamaciones de buena fe y se les puede solicitar que firmen un Aviso de propiedad intelectual, una Confirmación de la queja y una Indemnización como parte de su queja. Ni IAAPA ni el Mediador de PI considerarán reclamaciones que parezcan hechas de mala fe o simplemente en un esfuerzo por interrumpir el flujo de negocios buenos y justos en la industria. Como se indica más completamente en los contratos que IAAPA tiene con cada Participante, el Participante deberá liberar y eximir a IAAPA, al Mediador de IP y a cualquier agente de cualquier reclamo, demanda o responsabilidad relacionada con (a) reclamo o determinación de que ha ocurrido una violación de esta Política, o una de las reglas o pautas de IAAPA; (b) un reclamo o determinación de que cualquier Contenido infringe o potencialmente infringe o de otra manera interrumpe el Evento; o (c) cualquier otra reclamación o determinación emitida por el Mediador de IP, IAAPA o su agente, relacionada con cualquier actividad en el Evento. Para ser claros, dicha exención de responsabilidad incluirá cualquier reclamo por difamación comercial, difamación, competencia desleal o negligencia. Además, el Participante acepta que la jurisdicción exclusiva para cualquier disputa, reclamo o demanda relacionada de alguna manera con la aplicación de la Política se decidirá mediante arbitraje vinculante. Específicamente, todas las disputas entre el Participante y la IAAPA se enviarán a Judicial Arbitration and Mediation Services, Inc. ("JAMS") para un arbitraje vinculante según sus reglas vigentes en el área de Orlando, Florida, EE. UU., Ante un árbitro que se acordará mutuamente. por ambas partes. Las partes acuerdan compartir equitativamente los costos de arbitraje incurridos.
- A. SANCIONES POR RECLAMACIONES IP
Cuando el Mediador de PI, en consulta con la gerencia de IAAPA, determina que ha ocurrido una violación de la Política, IAAPA puede emitir sanciones ("Sanción (es)") en ese momento. Cualquier determinación del Mediador de IP y / o IAAPA de emitir cualquier Sanción no es una determinación legal de que se haya producido una infracción o violación de la propiedad intelectual. En cambio, se emitirán Sanciones (i) para hacer cumplir la Política, así como las reglas, políticas o pautas del Evento o según lo requiera IAAPA, como cuando el Mediador de IP cree que la exhibición de cualquier Contenido está potencialmente infringiendo la responsabilidad de otro participante. propiedad intelectual o derechos de propiedad, o (ii) cuando IP Mediator y / o IAAPA crean que la exhibición de cualquier Contenido es perjudicial para el Evento.
IAAPA determinará la Sanción apropiada, a su sola discreción, en función de la gravedad de la violación. Estas sanciones pueden incluir, entre otras, las que se enumeran a continuación, solas o en combinación:
- Retirada de productos impresos del stand
- Eliminación de páginas de catálogos.
- Recorte o imágenes de portada en catálogos
- Retirada del producto de la cabina.
- Cubra los productos en el stand
- Cubriendo o eliminando URL o contenido digital
- Eliminación de listas de precios del stand
- Eliminación de videos de la cabina.
- Eliminación de publicidad de documentos / imágenes en línea o impresos
- Eliminación o cobertura de imágenes en pancartas
- Remoción de todo el stand de exhibición
- Anulación de los beneficios del patrocinio
- Multas de hasta US $ 5000 por violación de IP
El Mediador de IP y la IAAPA no tienen la obligación de hacer cumplir o actuar en nombre de ninguna de las partes y que tanto el Mediador de IP como la IAAPA pueden, a su sola discreción, determinar si emitirán Sanciones o tomarán medidas en cualquier caso. Ni IP Mediator ni IAAPA están obligados a tomar medidas o emitir sanciones en ningún caso. El hecho de que un Participante no cumpla con las Sanciones impuestas por el Mediador de IP y / o IAAPA dará lugar a Sanciones adicionales impuestas por IAAPA.
Una vez que IAAPA y el Mediador de IP hayan evaluado un reclamo, se notificará al Participante que se alega que violó la Política tan pronto como sea razonablemente posible. La determinación puede implicar que el participante esté sujeto a una o más de la lista de sanciones anterior. El Participante será notificado de las Sanciones prescritas y el calendario en el que se requiere una acción de reparación o pago financiero. El Participante que alegó haber violado la Política también recibirá este documento completo de Políticas y Directrices de PI, ya sea en forma impresa o en un enlace web, para informarles sobre la política de Reincidencia (abajo) o como infractor de PI por primera vez. .
- B. REPETIR OFENSAS
Los participantes que violen reiteradamente la Política están sujetos a sanciones o sanciones adicionales o adicionales que determinará la Administración de IAAPA. Los infractores reincidentes son participantes que han sido determinados a violar la Política más de una vez y potencialmente a través de múltiples fuentes de medios, ya sea en Expos o ferias comerciales independientes o en publicidad, patrocinio o cualquier combinación de los mismos. Las compañías e individuos incluidos en esta Política y sujetos a consideración de infractor reincidente incluirían (i) cualquier subsidiaria, afiliada, división o entidad relacionada de una compañía que estaba sujeta a una queja previa o (ii) compañías o entidades relacionadas que ofrecen productos, servicios similares o tecnologías que están representadas por el (los) mismo (s) propietario (s), director (es), representante (s) corporativo (s), funcionario (s), director (s) y / o gerencia de la compañía sujeto a la (s) queja (s) previa (s) Hay circunstancias en las que una combinación de publicidad y exhibición podría resultar en un reincidente en un evento de IAAPA.
Los participantes que sean infractores reincidentes de la Política pueden tener sanciones impuestas dentro de un rango de Sanciones. La sanción potencial depende del reclamo y las circunstancias involucradas en el reclamo, tales como la naturaleza atroz de la violación, la voluntad del participante de cumplir con el programa, actuar de manera no profesional, beligerante o irrespetuosa, o interrumpir el curso. de negocios en un evento. Del mismo modo, se pueden aplicar diferentes sanciones según el historial de los Participantes o la acumulación de antigüedad previa.
(1) Rango de penalizaciones recomendado
Segunda ofensa: sanciones ya sea solo o en combinación y adición a los Las sanciones mencionadas anteriormente.
Finanzas | 2,500 $ - $ 5,000 |
Antigüedad | Pérdida de 3 - 5 años de antigüedad |
Elegibilidad para ferias (regional) | No es elegible para participar en el próximo Show / Expo regional programado |
Elegibilidad de feria (global) | No es elegible para participar en cualquier exposición global de IAAPA por un año |
Publicidad |
No es elegible para anunciar con productos impresos o digitales de IAAPA por un año |
Patrocinio | Eliminación de materiales de patrocinio que violen la ley y la inelegibilidad para participar en eventos de IAAPA por un año |
Tercera Ofensa: sanciones ya sea solo o en combinación y adición a los Las sanciones mencionadas anteriormente.
Finanzas | 5,000 $ - $ 10,000 |
Antigüedad | Pérdida de años 5 hasta pérdida de antigüedad |
Elegibilidad para ferias (regional) | No es elegible para participar en los próximos tres (3) shows / exposiciones regionales programados, hasta la imposibilidad de participar indefinidamente |
Elegibilidad de feria (global) | No es elegible para participar en los próximos tres años (3) de Exposiciones / Exposiciones de IAAPA, hasta la imposibilidad de participar indefinidamente |
Membresía y Afiliacion | Pérdida de elegibilidad de membresía por un año, hasta pérdida de elegibilidad de membresía indefinidamente |
Publicidad | No es elegible para anunciar con productos impresos o digitales de IAAPA indefinidamente |
Patrocinio | Eliminación de materiales de patrocinio que violen la ley y no elegibilidad para participar en eventos de IAAPA por tres años (3) |
Cuarta infracción: sanciones ya sea solo o en combinación y adición a los Las sanciones mencionadas anteriormente.
Antigüedad | Pérdida de todos antigüedad acumulada en todos los eventos de IAAPA |
Elegibilidad para ferias (regional) | No es elegible para participar en eventos de IAAPA indefinidamente |
Elegibilidad de feria (global) | No es elegible para participar en eventos de IAAPA indefinidamente |
Membresía y Afiliacion | Pérdida de elegibilidad de membresía indefinidamente |
Publicidad | No es elegible para anunciar con productos impresos o digitales de IAAPA indefinidamente |
Patrocinio | Eliminación de materiales de patrocinio que violen la ley y la inelegibilidad para participar en eventos de IAAPA indefinidamente |
Si tiene alguna pregunta sobre el Programa o la Política, le recomendamos que se comunique con IAAPA al +l 321 / 319-7600 o visite www.lAAPA.org para obtener una lista de normas, reglamentos e información de contacto del personal relevantes.